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EL JUICIO DE LA LUNA

Carmelo y yo acabábamos de cenar en compañía de Susana, cuando alguien llamó a la puerta exterior de la casa. Susana se levantó con total normalidad y fue a ver quién llamaba. (La hora intempestiva no produjo alarma, porque entonces se vivía con las puertas y las ventanas abiertas, sin temor a que nadie te quitara nada).”- Don Camilo – dijo Susana – está ahí ese factor al que llaman García, y quiere hablar con usted”. Pasé a García a mi despacho y me tiró, indignado, unos papeles sobre la mesa al tiempo que decía: “Lea. lea usted ese pastel del confitero”. Era una sentencia del Juzgado Comarcal. No había Juez titular y el sustituto era Vicente Docio, dueño de una confitería de grato recuerdo. Nuestra entrevista duró posiblemente más de dos horas. El hombre había venido en cuanto le habían relevado en su puesto de factor. El acaloramiento de mi consultante era manifiesto, pues después de leer yo rápidamente la sentencia me dijo: “- Quiero que me diga usted que tengo que hacer para llevar este asunto al Tribunal Supremo”. “- Hombre – le dije – no es posible lo que pretende porque la cuantía del asunto –cincuenta pesetas - nunca lo permitiría y parece que el buen sentido aconsejaría no meterse en tal aventura, pues un recurso en el Supremo nunca le constaría a usted menos de mil o dos mil pesetas” “-¿Solamente eso?”. La pregunta la hacía un empleado que entonces podía tener un sueldo de 500 pesetas mensuales. Para él, sin duda, significaba poca cosa gastarse un dinero que normalmente pocos tenían. Estaba claro que este hombre tenía ingresos extra por su colaboración en el transporte de productos de estraperlo. Nadie más que una persona con holgura económica podía pretender la interposición de un recurso de casación por cincuenta cochinas pesetas que se discutían. Y nadie más que una persona extrañamente adinerada podía sentirse ensoberbecida porque un Juez lego no le daba la razón.

Veamos en qué consistía el pleito: En las proximidades de la estación de Sahagún, hay un bar, propiedad de Ignacio Vidanes, a quien llaman “Bilibú”. Allí por las noches espera algún viajero o entran los de “recorrido”, como Pombo, Guarda-agujas, como Eustaquio “El Cono”, el jefe de estación o algún otro empleado. Y el día 2 de noviembre–se decía- de aquel año 1946 había comenzado, a la una de la madrugada, una discusión sobre la hora a la que se pondría la luna que estaba brillando. “El Cono”, gran discutidor, vertió los razonamientos de su experiencia visual y cultural y quedó como campeón, tras afirmar rotundamente que la Luna de aquella noche se ponía a las nueve. La discusión empecinada continuaba cuando entró el factor García, que en cuanto se percató de lo que se estaba hablando, dirigiéndose al “Cono” le dijo: “-Tu, muchacho, no sabes una palabra de ASTROLOGÍA la luna que brilla esta noche no se pondrá después de las ocho”. Envite del Cono: “-¿No te apostarás algo?” Y después de continuar un poco más la discusión, García y El Cono depositaron, cada uno, cincuenta pesetas en poder de Bilibú como apuesta.

Parece que ambos pasaron la noche mirando al cielo, pero ninguno pudo ver nada, porque una niebla intensa lo impedía. Pero ello no fue óbice para que, al día siguiente, se buscaran ambos apostantes, que, invariablemente, se estimaron acertantes. “-Dile a Bilibú que me dé el dinero, porque yo he sido el que he acertado” “Díselo tú, que me lo dé a mí, porque no me he deslizado nada de mi cálculo.” Algún otro encuentro subsiguiente terminó también sin resultado, y dejaron de hablarse ambos ferroviarios. Los testigos de la apuesta mediaron para que Bilibú devolviera los diez duros a cada uno, pero no había forma de que cedieran por esta solución salomónica.

Y un buen día, El Cono, tuvo esta conversación con Castañeda, que era el Contable del Sindicato Agrícola. “¿Qué te pasa con el Cono? –le preguntó Castañeda. “-¡Qué me va a pasar! Que he hecho con él una apuesta y no quiere reconocer que yo acerté” “-¿Y porque no le llevas al Juzgado?” “-Hombre, porqué tendré que ir a un abogado y me gastaré, digo yo, más que lo apostado”. “-No tienes necesidad de acudir a ningún abogado, mañana te pasa por mi oficina y te daré un escrito para que lo presentes en el Juzgado”.

Conforme el Cono con lo que Castañeda le propuso, recogió el escrito y en el Juzgado señalaron un día y una hora para la celebración del juicio verbal.

A partir de tal momento, me voy a guiar solamente por lo que en el proceso –que yo examiné detenidamente- se leía.

“Ante don Vicente Docio, Juez sustituto, y don Marciano Murciego, secretario suplente, comparecen de una parte, como demandante don Eustaquio Rodríguez y de otra como demandado don Manuel García. Concedida la palabra por S. Sª al demandante, por este se dice que la Luna, se puso a las nueve. Concedida la palabra al demandado, éste manifiesta que la Luna se puso a las ocho. Ambas partes, en réplica y dúplica, insisten en lo que han manifestado y solicitan el recibimiento del juicio a prueba. S.Sª recibe el juicio a prueba y el demandante propone la documental, consistente en la unión a los autos del calendario Zaragozano y la testifical, a tenor del siguiente interrogatorio: 1ª. Si es cierto que en la madrugada del 2 de noviembre pasado, entre demandante y demandado hubo una apuesta de cincuenta pesetas, cantidad que cada uno depositó en poder de Ignacio Vidanes. (Todos los testigos contestaron que era verdad) 2ª. Si es cierto que don Eustaquio apostó que la Luna que aquella noche estaba brillando se pondría a la nueve y el Sr. García que a las ocho. (Todos también dijeron que era cierto) 3ª Si es verdad que la Luna se puso a las nueve aproximadamente. (Todos contestaron que no lo sabían).

Sentencia: “Declaro que don Eustaquio acertó y condenó a García a que le pagase las cincuenta pesetas que apostó y que quedaron depositadas en don Ignacio Vidanes, sin costas a ninguno de los contendientes”.

Esta sentencia era el “pastel” a que García se refirió, y la fundamentación jurídica, lo mejor: “Considerando: Que la Luna el 2 de noviembre pasado, según el calendario zaragozano, se puso a las 8 horas, 37 minutos  y 10 segundos, y como el más próximo al acierto es el demandante, procede condenar al demandado a que le satisfaga la cantidad apostada, sin que haya méritos para hacer una especial imposición de las costas”.

“-Quiero don Camilo, ir al Supremo. Esto no puede quedar así”.

Tranquilicé a García y le dije que lo único procedente era que acudiera inmediatamente al Juzgado y expresara así sus deseos de que quería apelar. “No hay otro camino” “-¿Y me defenderá usted?” “-Permítame que ahora no le conteste, necesito antes ver el expediente o lo que nosotros llamamos los autos”. “-Que no sea, señor de la Red, por dinero. Yo le pagaré a usted lo que me diga”.

Confieso que en un principio vino a mi mente la idea de que allí no podía hacerse nada, porque recordaba que las obligaciones derivadas del juego no podían reclamarse ante los Tribunales. Pronto me convencí de mi error al leer el artículo 1801 del Código, y poniendo en tela de juicio la sabiduría del Cono, parecía poca prueba la del calendario zaragozano, por lo que escribí al Instituto Meteorológico. Me contestaron algo parecido a esto: “Sentimos manifestarle que tanto usted como su cliente estánequivocados, puesto que fue Luna llena en Cáncer el 28 de octubre a las 5 horas, 3 minutos y 43 segundos” ¿Y qué me querían decir con eso?.

Pasé un día por el Juzgado de Primera Instancia, y allí estaba Perfecto rodeado de tomos de la Enciclopedia Espasa que había pedido al Ayuntamiento, tratando de descifrar los movimientos de la luna. Sabiendo de mis aficiones geográficas me dijo: “Hombre llegas a tiempo, porque estoy viendo este asunto: son dos ferroviarios que no debían tener mucho que hacer y yo creo que están tratando de jugar con la Justicia. “Le corté “-No sigas porque este recurso lo voy a llevar yo” “·-Si de algo te sirve, ahí tienes esa carta del Servicio Meteorológico”. Perfecto cogió el papel y dijo, para mi sorpresa: -“·Esto ya lo sabía yo, que fue Luna llena en Cáncer el 28 de octubre”. Y siguió con sus lecturas y sus pensamientos.

Y llegó el día de la vista. Y se llenó de geste la sala del Juzgado. Nunca he conocido en tal lugar mayor concurrencia. Yo llevaba mi informe preparado con un exordio en el que me referí a la necesidad de la Justicia en todas las actividades vitales y no solo en las más importantes, y el contrato de apuesta demandaba que aquel asunto se decantara en favor del más sabio, que era mi patrocinado. Cité uno de los consejos que don Quijote dio a Sancho cuando éste se dispuso a gobernar la ínsula barataria, y al final dije que el calendario zaragozano no era más que un documento inadverado, que pudiera ser que tuviera razón don Mariano Ocsiero, que parecía ser su autor, pero que aunque admitiéramos como cierto lo que en él se leía, había una notable circunstancia que no inclinaba a pensar que ninguno de los contendientes había acertado, porque la apuesta no había tenido lugar el 2 de noviembre sino el 3. Y esto hacía variar la solución en el supuesto de aceptar como bueno lo que el calendario decía, ya que un día después, la Luna se había puesto cuatro minutos antes, por lo que si había que resolver la cuestión por aproximación, el más cercano al acierto había sido el demandante. Mi conclusión fue que ninguno de los dos había acertado y que no pudiendo tener cumplimiento el contrato, debían devolverse lo que habían apostado.

Camilo de Red Fernández.- Abogado

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